Estudio - El Problema Estructural de la Subvención de Sename a sus Organismos Colaboradores. Junio 2018



Uno de los componentes que últimamente se ha definido como significativo en los problemas que atraviesa la atención que entregan los organismos colaboradores acreditados de SENAME (OCA) a niños y niñas vulnerados en sus derechos, son los recursos que reciben mediante subvenciones, descritos como exiguos ya que no permitirían cubrir los costos de una atención adecuada1.

La subvención que reciben estas instituciones está descrita en la ley 20.032 del año 2005 y su respectivo reglamento, donde se define una Unidad de Subvención de SENAME (USS) y los montos para cada tipo de programa, considerando una banda de precios, donde el valor más bajo permitiría entregar una atención básica y el valor más alto una atención óptima. En general, al implementarse esta normativa, el reglamento definió los valores más bajos de la banda para cada programa. Por ejemplo, para las residencias la ley fijó una banda entre 8,5 USS y 15 USS y el reglamento asignó un valor de 8,5 USS. Con el transcurso de los años, el reglamento ha sido modificado para transitar, en algunos programas, hacia valores más altos de la banda; pero como se muestra a continuación, ello no ha representado ir alcanzando una atención óptima, sino más bien, estos cambios responden a que los montos que se entregaban ya no permitían financiar lo básico de una atención.  

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